Declaración en estado de ruina física inminente del edificio sito en la calle Palomero, número 62, de Ciempozuelos.
Fecha de resolución: 2 de junio de 2009.
Visto el informe técnico emitido por el arquitecto técnico municipal de fecha 1 de junio de 2009, relativo a la situación del inmueble sito en la calle Palomero, número 62, de este término municipal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Alcaldía-Presidencia viene a resolver lo siguiente:
Primero.Declarar en estado de ruina inminente el edificio de la calle Palomero, número 62, de la localidad.
Segundo.Ordenar a los propietarios, cuyo domicilio sea conocido, la demolición inmediata de la edificación descrita en el informe técnico.
Tercero.Conceder el plazo de setenta y dos horas a los propietarios para que ejecuten la demolición ordenada, plazo que deberá de computarse a partir de la recepción de la notificación oportuna.
Cuarto.Para el supuesto de que la presente orden de ejecución fuera incumplida en cualquiera de sus términos, el Ayuntamiento procederá a su ejecución subsidiaria con cargo a los propietarios, en el modo señalado en el artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Con este fin, se procederá a la contratación de las obras de demolición por parte de este Ayuntamiento con carácter de urgencia y, entre tanto, se adoptarán las medidas de protección y aseguramiento que sean oportunas para evitar daños a bienes o personas. El coste efectivo de la ejecución se hará con cargo a los propietarios y su montante se exigirá a los mismos por la vía de apremio si ello fuere necesario.
Lo que comunico para su conocimiento y exacto cumplimiento, advirtiéndole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, conforme a lo dispuesto por los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. De conformidad con lo establecido por los artículos 107,116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con carácter previo y potestativo podrá formular recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la presente notificación. De formularse recurso de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, en cuyo caso será de dos meses, o en que este deba entenderse presuntamente desestimado, siendo en este caso de seis meses.
Pudiendo, no obstante, formular cualquier otro que estime procedente.
Ciempozuelos, a 30 de septiembre de 2009.La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García. (02/11.539/09)
