Se consideran probados los hechos denunciados, confirmando la calificación jurídica inicialmente atribuida en la denuncia y declarando responsables de cada una de las infracciones a las personas cuyos datos se especifican. Contra estas resoluciones, que no son firmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, dentro del plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el alcaldepresidente del Ayuntamiento de Aranjuez.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en período voluntario dentro de los quince días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que de no hacerlo se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20 por 100 de su importe por apremio.
El pago podrá hacerse efectivo mediante ingreso en la caja del Ayuntamiento o por transferencia bancaria a la entidad CCM ( Caja CastillaLa Mancha), número de cuenta 2105- 0703- 12- 1252000036 a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, indicando el número de expediente.
Ver Anexo
En Aranjuez, a 10 de octubre de 2008. La teniente de alcalde (firmado).
(02/13.802/08)
