Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones de Ayuntamiento de Aranjuez, ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde siguiente al de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, esta publicación será considerada propuesta de resolución (artículo13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto). El pago de la multa deberá ingresarse en la caja del Ayuntamiento, ingreso o transferencia bancaria a la entidad CCM ( Caja CastillaLa Mancha), número de cuenta 2105- 0703- 12- 1252000036 a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, indicando el número de expediente. El importe se reducirá el 30 por 100 si se hace efectivo el pago antes de que se dicte la resolución sancionadora.
En caso de que la persona indicada no haya sido el conductor del vehículo o cuando el titular del mismo sea una persona jurídica, tienen el deber de identificar al mismo en el plazo indicado para formular alegaciones, advirtiéndole de que en el caso de incumplir esta obligaciónsincausajustificadapodrásersancionadocomoautordefaltagraveconunamultade301euros.
Ver Anexo
En Aranjuez, a 10 de octubre de 2008. La teniente de alcalde (firmado).
(02/13.800/08)
