Se pone en conocimiento de los contribuyentes del Municipio de Santa Lucía que por Decreto de la Alcaldía se han aprobado los Padrones de la TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO, TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE BASURA DOMICILIARIA Y TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN correspondientes al bimestre de MARZO/ABRIL DE 2008, los cuales quedarán expuestas al público en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento de Santa Lucía (Departamento de Rentas) por un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados desde la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan examinarlos y formular las alegaciones que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado reclamación alguna se entenderá definitivamente aprobados los Padrones.
Contra el acto de aprobación de los padrones y contra las liquidaciones comprendidas en los mismos, podrá formularse Recurso de Reposición ante la Alcaldía-Presidencia de este Ilustre Ayuntamiento en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública.
ASIMISMO, se hace saber que el período voluntario de cobranza de las liquidaciones comprendidas en los padrones anteriormente citados será el comprendido entre el 5 de julio y el 5 de septiembre de 2008, ambos días incluidos.
Los contribuyentes de la Zona de Costa podrán efectuar el pago, de lunes a viernes, en las dependencias de Recaudación de las Oficinas Municipales (Avenida de las Tirajanas, número 151) en horario de 09:00 a 14:00 horas. Los contribuyentes de la Zona Alta del Municipio podrán efectuar el pago los jueves en el Ayuntamiento (calle Leopoldo Matos, s/n) o durante el día hábil posterior al jueves si éste fuera festivo.
También podrá efectuarse el pago en cualquiera de las oficinas de las entidades colaboradoras con la recaudación que están relacionadas en el documento que ha remitido el Ayuntamiento a los domicilios de las personas incluidas en el padrón del tributo
De acuerdo con lo previsto en los arts. 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación en relación con los artículos 60 y 61 de la Ley General Tributaria, el pago podrá efectuarse en efectivo o mediante cheque bancario conformado a favor del Ayuntamiento.
Vencido el plazo de ingreso en período voluntario, dará inicio el período ejecutivo exigiéndose las deudas por el procedimiento de apremio con la aplicación de los recargos, intereses de demora y costas que, en su caso, correspondan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
ADVERTENCIA: El presente anuncio tiene los efectos de notificación colectiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria, entendiéndose realizada la notificación el día en que termina la exposición al público de los padrones.
En Santa Lucía, a veinticinco de junio de dos mil ocho.
EL ALCALDE , Silverio Matos Pérez.
