Aprobación definitiva del Estudio de Detalle para ordenación de volúmenes en Avenida Pedro Muñoz Seca (Parcela R1, Sector 6 P. G. O. U.), promovido por EspacomXXI S. L., Expte. ED 23/05

Mis Leyes

Ficha de esta disposición

Título :
Aprobación definitiva del Estudio de Detalle para ordenación de volúmenes en Avenida Pedro Muñoz Seca (Parcela R1, Sector 6 P. G. O. U.), promovido por EspacomXXI S. L., Expte. ED 23/05
Nº de Disposición :
0
Boletín Oficial :
BOP-ALMERIA 211
Fecha Disposición :
03/11/2008
Fecha Publicación :
03/11/2008
Órgano Emisor :
AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR
EXPTE. ED 23/05

Don José Maria González Fernández, Concejal Delegado de Vivienda, Urbanismo y Transportes del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), con Fecha 24 de Octubre de 2008, ha Dictado la Siguiente Resolución:

Visto el acuerdo adoptado por este Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 16 de octubre de 2008, cuya parte dispositiva dice:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para ordenación de volúmenes en Avenida Pedro Muñoz Seca (Parcela R1, Sector 6 P. G. O. U.), promovido por EspacomXXI S. L., Expte. ED 23/05, según proyecto modificado redactado por don Francisco Alameda Molina.

SEGUNDO.- De resultar aprobado se publicará en el B. O. P. y se notificara a interesados y colindantes, previo depósito en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y Convenios Urbanísticos, para lo que el promotor presentara dos ejemplares originales y completos del documento técnico aprobado definitivamente.

TERCERO.- El acuerdo municipal de aprobación definitiva, por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme establece el artículo 52.2 de la Ley 7/1.985, en relación al artículo 109 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, será susceptible de la interposición de Recurso Potestativo de Reposición, ante el órgano que dicte el presente acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación del mismo (artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre), y/o Recurso ContenciosoAdministrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativodel Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación del presente acto, (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, modificado mediante Ley Orgánica 19/2003, de 23 de Diciembre) ó de la Resolución del Recurso Potestativo de Reposición, en su caso.

Visto que han sido depositados en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y Convenios Urbanísticos los ejemplares del presente Estudio de Detalle.

Esta ConcejalíaDelegadaconforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificado mediante Ley 57/2003, de 16 de diciembre, en relación al artículo 24 e) del R. D. L. 781/1986, de 18 de abril y Decreto de Alcaldía de 16 de junio de 2007 por el que se le delega las atribuciones sobre esta materia,

RESUELVE: Procede la publicación en el B. O. P. del acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle para ordenación de volúmenes en Avenida Pedro Muñoz Seca (Parcela R1, Sector 6 P. G. O. U.), promovido por EspacomXXI S. L., Expte. ED 23/05, según proyecto modificado redactado por don Francisco Alameda Molina, así como la publicación integra de sus ordenanzas reguladoras, que a continuación se transcriben:

Normativa de aplicación: La normativa de aplicación de la parcela es la existente en el Plan Parcial del Sector 6 y la correspondiente a la tipología T2 definida en el Plan General de Ordenación Urbana de Roquetas de Mar.

Dentro de las condiciones generales tenemos:

- Retranqueo a fachada: 3m.

- Retranqueo entre parcelas: ½ de la altura entre parcelas colindantes y entre cuerpos de edificación la semisuma de las alturas.

- Separación de linderos medianeros: 3,00 m. mínimo.

- Ocupación: 70% de la superficie de parcela en planta baja y 50 % en el resto de plantas.

- Aprovechamiento: 6.383,00 UU. AA.

- Numero de plantas: según el ancho de calle, para calles entre 20 y 30 m. de ancho baja + 4plantas + ático, para calles de mas de 30 m. baja + 5 plantas + ático

- Usos: Residencial Plurifamiliar.

- Usos compatibles: los indicados en el P. G. O. U. de Roquetas de Mar.

- Coeficientes de ponderación tipológica: los indicados en el plan parcial, punto 6.1.1. Justificación del aprovechamiento.

La presente Resolución, por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme establece el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación al artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, será susceptible de la interposición de Recurso Potestativo de Reposición, ante el órgano que dicta el presente acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación del mismo ( artículo 116 y 117 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, modificada por Ley 4/1.999), y/o Recurso ContenciosoAdministrativoante la Sala de lo ContenciosoAdministrativodel Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación del presente acto, (artículo 10 de la Ley 29/1.998, de 13 de Julio, modificado mediante Ley Orgánica 19/2.003, de 23 de Diciembre) ó de la Resolución del Recurso Potestativo de Reposición, en su caso.

Lo manda y firma el Sr. Concejal Delegado, en el lugar y fecha arriba indicados, ante mi el Secretario General, que doy fe.

EL CONCEJAL DELEGADO, José M. González Fernández. EL SECRETARIO GENERAL, Guillermo Lago Núñez.