ANTECEDENTES
Mega Atlas, S. L.,solicita licencia de implantación de actividad de Ferretería, en local sito en Polígono Tarajal2. ª Fase, Nave 14B. Por Decreto del Excmo. Sr. Consejero de Fomento de fecha 24 de abril de 2008, se requiere al interesado para que en el plazo de 10 días actúe ante esta Administración mediante representante legal debidamente acreditado. Transcurrido el plazo concebido el interesado no se persona en el expediente al objeto de aportar la documentación requerida con anterioridad.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO. - El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre régimen local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto. SEGUNDO. - El Art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, tras su nueva redacción aprobada por Ley 4/99, de 13 de Enero, establece que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del Art. 42. Dicho plazo podrá ser ampliado prudencialmente, hasta cinco días, a petición del interesado o a iniciativa del órgano, cuando la aportación de los documentos requeridos presente dificultades especiales. Por otra parte, el art. 9.4 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales indica el plazo de 15 días para la subsanación de deficiencias. El Art. 42.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LPAC) establece que la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables. En el presente supuesto queda acreditado tanto el requerimiento efectuado, como que el mismo no ha sido cumplimentado en plazo, aún cuando este ha transcurrido en exceso, por lo que procede declarar la renuncia o desistimiento del procedimiento incoado. TERCERO. - Competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, el Excmo. Sr. Consejero de F1omento, D. Juan Manuel Doncel Doncel, en virtud de Decreto de fecha 21 de junio de 2007, publicado BO. C. CE extraordinario n º 9 del Jueves 21 de junio de 2007.
PARTE DISPOSITIVA
Archívese la petición de MegaAtlas, S. L.,de licencia de implantación de actividad de Ferretería, en local sito en Polígono Tarajal2. ª Fase, Nave 14- B.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la le30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, impugnada directamente ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativode esta Ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de Noviembre) y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante Anuncio en el boletín de anuncios de la Ciudad, dado que no se ha podido practicar la notificación a D. Abdelhila MohamedAbdeselam.
Ceuta, a 19 de mayo de 2009. - V. º B. º EL PRESIDENTE, P. D. F. EL CONSEJERO DE FOMENTO, (Decretode Presidencia, de 01- 04- 08). - Fdo.: Juan Manuel Doncel Doncel. - LA SECRETARIA GENERAL, Por Delegación (B. O. C. CE. n. º 4548 de 18- 07- 2006). - EL TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL. - Fdo.: Miguel Ángel Escamilla Ferro.