1. Objeto de la convocatoria
El objeto de la presente convocatoria es cubrir, por el procedimiento de concursooposición al objeto de iniciar un proceso de consolidación de empleo temporal, la siguiente plaza de personal laboral del Ayuntamiento de Pinto, mediante contrato laboral de carácter fijo.
Una plaza de ingeniero/a técnico/a de Obras Públicas, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2006, dotada en plantilla con una retribución íntegra anual de 38.474,52 euros.
Se considera empleo temporal de carácter consolidable aquellos puestos de trabajo ocupados por personal interino de forma continuada y con anterioridad al 1 de enero de 2005.
El proceso se lleva a cabo de acuerdo con: La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Boletín Oficial del Estado de 13 de abril de 2007; disposición transitoria cuarta.
2. Proceso selectivo
La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en las Bases Generales aprobadas en la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de 7 de agosto de 2006 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 217 de 12 de septiembre de 2006.
3. Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, será necesario reunir los requisitos que establece la base segunda, en su apartado 2.1) de las bases generales publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de septiembre de 2006, así como los correspondientes a las presentes bases que son:
La titulación a que se refiere en las bases generales en su letra c) , de la base segunda, apartado 2.1, será la siguiente:
Ingeniero/a Técnico de Obras Públicas. Todos los requisitos deberán reunirse a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y mantenerse hasta la resolución del proceso selectivo.
4. Sistema selectivo
El procedimiento de selección, constará de las siguientes fases:
a) Concurso: consistente en la calificación de los méritos de los/as aspirantes.
b) Oposición: consistente en la celebración de pruebas de capacidad para determinar la aptitud de los/as aspirantes y fijar el orden de la relación de los mismos en la selección.
4.1. Fase de concurso: Se valorarán los servicios efectivos prestados como personal laboral temporal, por años completos, de acuerdo con la siguiente progresión y de acuerdo con el anexo 1.
Dos años: 6 puntos.
Tres años: 8 puntos.
Cuatro años: 10 puntos.
Cinco años o más: 12 puntos.
La valoración de este mérito únicamente se realizará si el aspirante tiene la condición de trabajador laboral del Ayuntamiento de Pinto en plaza de trabajo de ingeniero/a técnico/a de Obras Públicas de forma continuada con anterioridad al 1 de enero de 2005 en el Ayuntamiento de Pinto.
Los servicios prestados se acreditarán mediante certificado expedido por la Administración competente, indicando puesto de trabajo desempeñado, período de tiempo y siempre referido este último a la fecha de presentación de instancias.
La valoración del concurso se realizará solo para los aspirantes que superen la fase de oposición.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni se tendrá en cuenta para superar las pruebas de la fase oposición.
Todos los documentos acreditativos de los méritos se presentarán en originales, fotocopias compulsadas o mediante fotocopia simple. En este último caso los aspirantes estarán obligados a presentar los originales para su compulsa.
Por los aspirantes se presentará cumplimentado el impreso que se facilita con la instancia donde ordenadamente se detallan los méritos alegados.
4.2. Fase de oposición: El procedimiento constará de dos ejercicios, que se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminados todos los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios.
El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal a cada aspirante en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos.
Primer ejercicio: consistirá en cumplimentar en un plazo máximo de cuarenta minutos un cuestionario de cuarenta preguntas, tipo test, relacionadas con el programa que figura en el anexo II de esta convocatoria.
La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no superen los 5 puntos en cada uno de los temas. La calificación de este ejercicio será la media aritmética de la suma de los dos ejercicios.
Se puntuarán las respuestas correctas a 0,25 puntos cada una, la incorrecta descontará 0,10 puntos y las no contestadas o en blanco no puntúan.
Segundo ejercicio: tendrá carácter práctico y consistirá en desarrollar un supuesto práctico que le será formulado por el tribunal y que tendrá relación con las funciones a desempeñar, el tiempo máximo para la realización del ejercicio será de dos horas.
La calificación será de 0 a 10 puntos siendo eliminados aquellos aspirantes que no superen 5 puntos.
Es posible el uso de textos de consulta y de los que el opositor deberá ir provisto.
5. Calificación definitiva
5.1. La calificación definitiva de los aspirantes se hallará por la suma de las puntuaciones alcanzadas en la fase de concurso y de los dos ejercicios de la fase de oposición.
5.2. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquel, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio.
5.3. El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de seleccionados se establecerá de mayor a menor puntuación.
6. Presentación de instancias
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas se extenderán en el impreso normalizado, que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Información del Ayuntamiento de Pinto. Dichas instancias también podrán obtenerse en la web municipal del Ayuntamiento de Pinto ( www. aytopinto. es)
Las instancias se presentarán dentro del horario correspondiente en el Registro General del Ayuntamiento de Pinto, sito en la plaza de la Constitución, número 1, de Pinto, teléfono 912 483 700, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado .
El horario de presentación de instancias será de lunes a viernes, de nueve a catorce y de dieciséis a diecinueve, y los sábados, de diez a trece.
Los documentos que deberán unirse a la solicitud son los que constan en la base 3.5 de las bases generales de la convocatoria.
Deberá presentarse también la documentación acreditativa de los méritos alegados para ser valorados en la fase de concurso, pudiendo presentar currículum vítae.
7. Derechos de examen
Los derechos de examen se fijan de manera general en la cantidad de 25 euros.
Existe aprobada una ordenanza de derechos de examen con las siguientes exenciones y disminución de tasas.
1. Estarán exentos del pago de esta tasa las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
2. Estarán exentos del pago de esta tasa, las personas que figuran como demandantes de empleo de larga duración.
3. Se acreditará dicha condición mediante original o copia compulsada del certificado de minusvalía emitido por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, y que se encuentre revisado a la fecha finalización del plazo de presentación de instancias.
4. Para poder acogerse a la exención de demandante de empleo de larga duración, los interesados deberán acreditar la condición de demandante de empleo de larga duración mediante certificado emitido por el Instituto Nacional de Empleo o en su caso el Servicio Regional de Empleo que corresponda.
El pago de los derechos de examen se realizará según se indica en la base 3.6 de las bases generales.
El pago deberá abonarse en la cuenta del Ayuntamiento de Pinto la Caixa 2100- 1983- 21- 0200004730, adjuntando el comprobante de haber satisfecho dicho pago a la solicitud de tomar parte en el proceso selectivo. ( Deberá hacer constar, en el comprobante, su nombre y apellidos y número del DNI) . También podrán abonarse en la forma establecida en el artículo 38.7 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El pago de los derechos de examen también podrá realizarse según se indica en la base 3.6 de las bases generales.
8. Tribunal calificador
El tribunal calificador de las pruebas selectivas, estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: un técnico de Administración General del Ayuntamiento de Pinto, designado por la Alcaldía.
Secretario: el secretario de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz pero sin voto.
Vocales: Un ingeniero técnico de Obras Públicas designado por la Comunidad de Madrid. La técnico gefe de Servicio de Recursos Humanos. Un arquitecto municipal del Ayuntamiento de Pinto designado por la Alcaldía. Un ingeniero técnico de Obras Públicas designado por un Ayuntamiento del entorno Pinto, a petición de la Alcaldía, si no fuera posible se solicitará la designación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
El tribunal contará con un asesor/a especialista para las pruebas que será un ingeniero técnico del Ayuntamiento de Pinto, designado por el comité de empresa.
Se designarán suplentes de los miembros del tribunal al momento de su composición y antes de su publicación.
Las asistencias por participación en el tribunal se abonarán en la categoría segunda. Los miembros del tribunal que tengan que desplazarse por residir fuera de la localidad de Pinto, percibirán dietas por desplazamiento.
9. Período de prueba
El opositor/a que haya superado la fase de concursooposición, tendrá que superar un período de prueba de dos meses, prestando servicios en el Ayuntamiento de Pinto, y para la superación del mismo será necesario informe favorable del superior encargado del servicio.
Durante el período de prueba el Ayuntamiento de Pinto podrá resolver el contrato de trabajo por no superar el período de prueba.
La no superación del período de prácticas supondrá la pérdida del derecho a ocupar la plaza de trabajador laboral y la extinción del contrato de trabajo.
En el caso de que los aspirantes propuestos acrediten haber desempeñado anteriormente puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Pinto con identidad de categoría profesional, fines y cometidos similares a los del puesto de trabajo de ingeniero/a técnico/a por un período superior al establecido como período de prueba en las presentes bases, no tendrán que superar el período de prueba.
10. Reconocimiento médico
Todos los aspirantes propuestos para ocupar las plazas deberán someterse a un reconocimiento médico en las condiciones de las Bases Generales en su base 9.6, excepto aquellos que se encuentren prestando servicios en el Ayuntamiento de Pinto y en sus expedientes personales conste informe médico que acredite haber superado el reconocimiento medico.
11. Sistema de anuncios
La lista de admitidos y excluidos, la lista de aprobados de las diferentes fases y la definitiva, fechas de celebración de examen, independientemente de su publicación por los medios establecidos por la Ley, serán publicados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pinto y en la página web del Ayuntamiento de Pinto.
12. Bases generales
Para todo lo que no esté previsto en las presentes bases específicas serán de aplicación las Bases Generales aprobadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión ordinaria de fecha 7 de agosto de 2006 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 217, de fecha 12 de septiembre de 2006.
ANEXO I
BAREMO PARA LA FASE CONCURSO
Una plaza de ingeniero/a técnico/a de Obras Públicas
1. Experiencia profesional en el puesto de ingeniero/a técnico de Obras Públicas:
a) Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Pinto, con la siguiente puntuación: a. Dos años, 6 puntos. b. Tres años, 8 puntos. c. Cuatro años, 10 puntos. d. Cinco años o más, 12 puntos.
1.2. Medios para su acreditación.
a) Certificación del secretario y/o responsable de la unidad de Personal del organismo de la Administración Pública correspondiente, indicando puesto de trabajo desempeñado, período de tiempo y siempre referido este último a la fecha de presentación de instancias.
2. Cursos de formación y perfeccionamiento: Por la realización de cursos de formación o perfeccionamiento en áreas de formación no regladas académicamente que versen sobre funciones propias del puesto de trabajo y acreditados mediante el correspondiente diploma o certificado, realizados en centros oficiales o de reconocido prestigio, hasta un máximo de 4 puntos, y con arreglo al siguiente baremo:
a) Cursos inferiores a veinte horas de duración: 0,25 puntos por curso, hasta un máximo de 1 punto. Se incluirán en este apartado la asistencia a jornadas, congresos, simposios y similares.
b) Cursos de duración entre veinte y cuarenta horas: 0,50 puntos por curso, hasta un máximo de 1 punto.
c) Cursos de duración superior a cuarenta horas e inferiores a noventa y nueve: 1 punto por curso, hasta un máximo de 2 puntos.
d) Cursos superiores a noventa y nueve horas: 1 punto por curso, hasta un máximo de 2 puntos.
e) Acreditar conocimientos informáticos a nivel de usuario: 0,25 puntos por programa, hasta un máximo de 1 punto.
Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que exprese la duración de las acciones formativas.
ANEXO II
TEMARIO PARA LA FASE DE OPOSICIÓN
Una plaza de ingeniero/a técnico/a de obras públicas
Materias comunes
1. La Constitución española de 1978. Características y estructura. Principios generales y valores fundamentales.
2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.
4. El administrado: concepto y clases. Capacidad y causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. Régimen de cada tipo de relación. El principio de audiencia al interesado.
5. El acto administrativo: concepto. Elementos del acto administrativo. Clasificación. Invalidez. Nulidad y anulabilidad.
6. El Régimen Local español: concepto de Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica.
7. El Municipio. Evolución. Concepto. Elementos esenciales.
8. El término municipal: concepto. La población: concepto. Empadronamiento.
9. El personal laboral al servicio de las Entidades Locales: su régimen jurídico.
10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria y orden del día, régimen de sesiones. Adopción de acuerdos. Actas y certificados de acuerdos.
11. Redacción del proyecto de obra. Estructura del proyecto. Los pliegos de cláusulas administrativas y pliegos de condiciones técnicas. El replanteo.
12. Obras ejecutadas por la propia Administración.
13. Formas de adjudicación de los contratos: procedimiento abierto, restringido y negociado. La subasta y el concurso.
14. Clasificación de contratistas.
15. Expedientes de contratación y licitación.
16. Ejecución del contrato de obra. Las relaciones del facultativodirector con la Administración. Las relaciones del facultativodirector con el contratista.
17. Inicio de las obras. Comprobación del replanteo. Organización de las obras: oficina, libros de órdenes e incidencias. Inspección de las obras.
18. Ejecución de la obra. Riesgo del contratista y fuerza mayor. Indemnizaciones a cargo del contratista. Incidencias. Cumplimiento de plazos y penalidades.
19. Suspensión de las obras. Obras defectuosas o mal ejecutadas.
20. Ejecución de la obra. Modificación del proyecto y contrata. Obras accesorias y complementarias. Errores materiales del proyecto. Precios unidades de obra no previstos en el contrato. Variación en el número de unidades ejecutadas. Revisión de precios.
21. La extinción del contrato de obras. Resolución por causas imputables al contratista y por causas imputables a la Administración. Resolución por modificaciones del proyecto. Suspensión definitiva de las obras.
22. Certificaciones de obras. Medición. Relación valorada. Audiencia al contratista.
23. Recepción y liquidación. Plazo de garantía. Devolución de fianza.
Materias específicas
24. Legislación urbanística aplicable a la Comunidad de Madrid. Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoración. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
25. Régimen urbanístico del suelo. Clasificación y calificación. Clases de suelo.
26. Planes generales de ordenación urbana. Clases de planes.
27. Planeamiento de desarrollo. Planes de sectorización.
28. Planes especiales. Estudios de detalle. Función, contenido.
29. Los proyectos de urbanización. Contenido y documentación.
30. Tramitación y vigencia de los Planes. Modificación, revisión y suspensión del planeamiento.
31. La ejecución de las obras municipales de urbanización. Seguimiento, evaluación y recepción de las obras ejecutadas por terceros.
32. Ejecución del planeamiento. Actuaciones previas. Actuación mediante unidades de ejecución y sistemas de actuaciones.
33. Desarrollo urbanístico y movilidad. Modelos. Planeamiento y movilidad. Líneas de acción.
34. Planificación, impacto y financiación de las infraestructuras del transporte.
35. Real Decreto 1627/1997, de 34 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. Estudio básico de Seguridad y salud. Plan de Seguridad y salud. La figura del coordinador.
36. Pasado, presente y futuro de la configuración de la red viaria urbana.
37. Clasificación de las vías urbanas por anchura de calles, tipo de tráfico y actividad.
38. Diseño de firmes urbanos. Criterios. Tipología.
39. Diseño de firmes urbanos. Métodos.
40. Historia de los pavimentos urbanos.
41. Pavimentos urbanos. Criterios. Materiales. Clasificación. Pavimentos más usuales. Recomendaciones. Conservación.
42. Hormigón autocompactable.
43. La evacuación de aguas de los pavimentos drenantes urbanos.
44. Áreas peatonales pavimentadas. Problemática. Recomendaciones. Mobiliario urbano. Elementos. Recomendaciones de emplazamiento.
45. Calzadas y plataformas de estacionamiento. Problemática. Recomendaciones.
46. Calmado del tráfico. Catálogo de medidas. Coste.
47. Ingeniería y estética en el calmado del tráfico. Diseños. Geometría. Medidas temporales. Señalización y marcas.
48. Calmado del tráfico. Impacto de las medidas de regulación y de los controles de psicopercepción. Servicios de emergencia.
49. Seguridad Vial urbana. Factores de riesgo. Competencias municipales. Identificación de problemas. Causas. Soluciones. Evaluación.
50. Plantación y desarrollo de árboles en las ciudades. Los peligros de los árboles de las urbanizaciones. Recomendaciones de plantación.
51. Equipamiento y gestión de las áreas de juego. Delimitación. Accesos. Requisitos de seguridad de las zonas. Revestimiento de las superficies. Protección contra la caída. Accesibilidad para adultos.
52. Planeamiento y proyecto de vías ciclistas.
53. Circulación de autobuses en la vía pública. Giros y glorietas. Plataformas reservadas.
54. Paradas de autobuses. Tipología. Aproximación del autobús a las paradas.
55. Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de comunicación. Disposiciones sobre barreras arquitectónicas urbanísticas.
56. Planes de accesibilidad en el medio urbano. Programación.
57. Señalización horizontal urbana: normas. Materiales. Marcas viales temporales. Señalización vertical urbana y balizamiento: normas.
58. Óptica de la señalización horizontal y vertical.
59. El estacionamiento regulado en la vía pública. Objetivos. Tipología. Sistemas de regulación. Tarifas.
60. Plan General de Pinto. Normas Generales de Urbanización. Diseño y características de la red viaria, alumbrado público, arbolado y jardinería, mobiliario urbano y señalización.
La normativa a que se hace referencia en el temario anterior quedará sustituida por la que se promulgue en su sustitución y se encuentre en vigor.
Pinto, a 22 de mayo de 2008. La alcaldesa, Míriam Rabaneda Gudiel.
( 02/8.136/08)
