Aprobación de la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa iniciado con objeto de satisfacer las deudas contraídas con la Junta de Compensación de la Urbanización Balcón del Tajo Oeste

Ficha de esta disposición

Título:
Aprobación de la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa iniciado con objeto de satisfacer las deudas contraídas con la Junta de Compensación de la Urbanización Balcón del Tajo Oeste
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOCM 155
Fecha Disposición:
01/07/2008
Fecha Publicación:
01/07/2008
Órgano Emisor:
COLMENAR DE OREJA
Doña Pilar Algovia Aparicio, alcaldesa del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja.

Hace saber: Aprobada la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa iniciado con objeto de satisfacer las deudas contraídas con la Junta de Compensación de la Urbanización Balcón del Tajo Oeste , en concepto de cuotas de urbanización, así como la designación nominal de los interesados con los que han de entenderse los sucesivos trámites, y declarada la necesidad de ocupación de los mismos, según acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja de 29 de mayo de 2008, se da por iniciado el expediente expropiatorio, entendiéndose todas las actuaciones posteriores referidas a la fecha en la que adquiera firmeza el acuerdo de declaración de necesidad de ocupación, y se hace pública la relación de propietarios y bienes afectados en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Relación de bienes afectados: Identificación del propietario: don Francisco Iglesias Crespo y doña María Josefa García González.

Descripción de la finca: parcela número 137 de la urbanización Balcón del Tajo Oeste , de 803 metros cuadrados. Finca registral número 26.779, inscrita al tomo 1.973, libro 254, folio 137 del Registro de la Propiedad de Aranjuez.

Tipo de afección: cuotas de urbanización por valor de 21.757,97 euros.

Contra el acuerdo de declaración de necesidad de ocupación pu de interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Pleno del Ayuntamiento, a partir de la presente publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativa con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a partir de la presente publicación, por tratarse de un acto que agota la vía administrativa, o cualquier otro recurso que se considere pertinente.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, en su caso.

En Colmenar de Oreja, a 2 de junio de 2008. La alcaldesa, Pilar Algovia Aparicio.

( 02/8.412/08)