El concejaldelegado de Seguridad Ciudadana, por sus resoluciones de las fechas que figuran a continuación, ha dispuesto:
En uso de las facultades que me han sido delegadas por decreto de Alcaldía de fecha 26 de junio de 2007 ( suplemento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 158, de 5 de julio de 2007) y artículo 73 de la ordenanza municipal de circulación ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre de 2007) , y de conformidad, asimismo, con lo previsto en el artículo 21, apartados 1. n) y 3, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación en el artículo 59 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y vistas las actuaciones practicadas, así como el contenido de los informes que, al no tener constancia de la presentación de alegaciones dentro del plazo legalmente establecido, me eleva el órgano instructor de los procedimientos incoados, en los que consta que las denuncias, debidamente notificadas a cada una de las personas interesadas, reúnen todos los requisitos legalmente exigibles para considerarlas propuestas de resolución, vengo en aprobar dichas propuestas, disponiendo, de conformidad con mi resolución de 2 de abril de 2008, y al amparo de lo previsto en el artículo 55.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la imposición de las correspondientes multas a las personas físicas o jurídicas que, identificadas en los respectivos expedientes sancionadores como responsables de las infracciones denunciadas, figuran en la relación cuyo número consta en el encabezamiento, con expresión de la identidad de los interesados, del motivo y cuantía de las sanciones y de otros datos especialmente significativos, que determinan, de forma individualizada, los efectos del acto.
Contra las resoluciones contenidas en dicha relación, que ponen fin a la vía administrativa, podrán interponer recuso potestativo de reposición, ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa ( con carácter general: artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) . Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación ( artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa) . Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente ( artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) .
La multa deberá hacerse efectiva durante el plazo de un mes, incrementado en quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la presente publicación. Vencido el plazo de ingreso sin que se hubiese satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio con los recargos e intereses legales correspondientes ( artículo 84 del Real Decreto Legislativo 339/1990) :
1. En la oficina de La Caixa , ubicada en la calle Real, número 8, mediante ingreso en la cuenta 2100/4195/56/2200006205, indicando el número de expediente y boletín de denuncia.
2. Por giro postal o mediante cheque nominativo conformado dirigido al Departamento de Instrucción de Multas de Circulación del Ayuntamiento de Campo Real, indicando la referencia del expediente y la matrícula del vehículo.
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, significándoles que contra la correspondiente resolución anteriormente referenciada podrán interponer los recursos que en la misma se expresan y advirtiéndoles que los expedientes de su razón obran en las dependencias del Departamento de Instrucción de Multas de Circulación [ calle Mercado, número 1, primera planta, 28510 Campo Real ( Madrid) ] .
Expediente. Boletín. Matrícula del vehículo. Titular.
Documendo nacional de identidad o cédula de identificación fiscal. Fecha de la infracción. Hora de la infracción. Lugar de la infracción. Precepto infringido. Número de agente.
Fecha de resolución. Calificación de la infracción. Importe de la sanción. Pérdida de puntos
00202008. 163. 9097CTF. Ángelo Roberto Resende. P1336518. 7 de febrero de 2008. Diecinueve cuarenta y dos. Plaza Mayor, sin número. Ordenanza municipal de circulación, artículo 56, apartado a) . 03303/03305. 7 de febrero de 2008. Leve. 90 euros. No.
00212008. 164. 1439CDL. Ignacio Gómez Reiriz. 47363867- J. 7 de febrero de 2008. Diecinueve y cincuenta. Plaza Mayor, sin número. Ordenanza municipal de circulación, artículo 56, apartado a) . 03305/03303. 7 de febrero de 2008. Leve. 90 euros. No.
En Campo Real, a 6 de junio de 2008. El instructor, Francisco González Julio.
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