Resuelvo
Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el Acuerdo por el que se establecen las bases de financiación en el año 2012 de las Universidades Públicas de la Región de Murcia, con cargo al Programa 421 B -Universidades- de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el mismo ejercicio, autorizado por el Consejo de Gobierno en sesión de 16 de diciembre de 2011.
Murcia, 1 de febrero de 2012.-El Secretario General, Antonio Javier Navarro Corchón.
De un lado, D. José Ballesta Germán, Consejero de Universidades, Empresa e Investigación, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, nombrado en virtud de Decreto de la Presidencia n.º 19/2011, de 27 de junio y D. Salvador Marín Hernández, Consejero de Economía y Hacienda, nombrado en virtud de Decreto de la Presidencia n.º 14/2011, de 27 de junio.
De otro, D. José Antonio Cobacho Gómez, Rector Magnífico de la Universidad de Murcia, nombrado en virtud de Decreto n.º 68/2010, de 9 de abril y D. Félix Faura Mateu, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Cartagena, nombrado en virtud de Decreto n.º 101/2008, de 16 de mayo.
Intervienen en su nombre y en representación de la citada Consejería y de las Universidades públicas de la Región de Murcia y
Manifiestan
Primero.- Que la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que en el ámbito de su autonomía económica y financiera, se garantiza que las Universidades dispongan de los recursos necesarios para un funcionamiento básico de calidad. En este sentido, el artículo 81.3 de la referida Ley Orgánica determina que en el Presupuesto de ingresos de las universidades se contendrá las transferencias para gastos corrientes y de capital fijadas anualmente por las Comunidades Autónomas. Igualmente, en el apartado 1 del mismo artículo se establece que, "en el marco de lo establecido por las Comunidades Autónomas, las Universidades podrán elaborar programaciones plurianuales que puedan conducir a la aprobación, por las Comunidades Autónomas, de convenios y contratos-programa, que incluirán sus objetivos, financiación y la evaluación del cumplimiento de los mismos".
Segundo.- Que en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia, establece en su título V el régimen económico, presupuestario y patrimonial de las Universidades públicas y de su financiación., señalándose su subordinación tanto a la referida Ley Orgánica de Universidades como al Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, determinando que las Universidades públicas de la Región de Murcia dispondrán de los recursos necesarios para el ejercicio de sus funciones y estarán sometidas a los principios de eficiencia, equidad, autonomía, transparencia y coordinación. En su artículo 57.1 se determina que son ingresos de las Universidades públicas, entre otros, las transferencias procedentes de la Comunidad Autónoma en aplicación del modelo de financiación, que se establece en el artículo 58, al igual que se determina un Plan de inversiones de carácter plurianual (artículo 60) y un Contrato-programa, conforme al cumplimiento de objetivos de calidad docente, investigadora y de gestión (artículo 59).
Tercero.- Que conforme a estos principios y normas, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de fecha 2 de noviembre, se aprobó el Decreto nº 336/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueban las bases del programa de financiación de las Universidades Públicas de la Región de Murcia en el periodo 2007-2011 (BORM, de 9 de noviembre), que se convierte en un escenario de financiación de las universidades públicas de la Región de Murcia con cargo al programa 421 B - Universidades-, cuya evolución es estimada y "dependerá de las necesidades y disponibilidades presupuestarias que surjan anualmente", conforme se establece en la base sexta de este Programa.
Cuarto.- Que con fecha 31 de diciembre de 2011 expira la vigencia del referido programa de financiación universitaria para el periodo 2007-2011, por lo que, teniendo en cuenta la situación de crisis económica que afecta a la política presupuestaria, se hace oportuno formular una propuesta de bases de carácter transitorio para la financiación de las Universidades Públicas para el ejercicio 2012, sin perjuicio de comenzar a diseñar un nuevo modelo de financiación plurianual, que sirva de pauta para su financiación a corto y medio plazo por parte de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que, partiendo del Modelo de Financiación 2007-2011 y en función de las disponibilidades presupuestarias de la Comunidad Autónoma, restablezca los porcentajes de financiación relativa de las universidades públicas. Igualmente el nuevo modelo recogerá la financiación específica de proyectos y actuaciones que se determinen por las partes, en especial los que sean considerados de carácter estratégico, así como actuaciones que permitan una optimización de recursos y una mayor eficiencia en la gestión y organización de la docencia, la investigación y los recursos.
Quinto.- Que la propuesta de financiación de las Universidades Públicas de la Región de Murcia para incluir en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012, supone por una parte, un importante esfuerzo financiero de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dadas las actuales circunstancias económicas y, por otra, el mantenimiento de las medidas de austeridad que vienen aplicando desde hace varios años las Universidades Públicas. Las partes firmantes asumen la excepcionalidad de la situación y son conscientes de la necesidad de un Acuerdo de carácter plurianual que establezca a corto y medio plazo la financiación del sistema universitario público regional, garantizando la calidad de la docencia y la investigación y la sostenibilidad económica de las Universidades públicas de la Región de Murcia.
En consecuencia, las partes acuerdan las siguientes
Bases
Primera.- Objeto de Financiación
Conforme a las consideraciones expuestas, se establece como objeto de financiación los siguientes conceptos:
a) Financiación Básica: tiene la finalidad de sostener los gastos de personal y de funcionamiento general que incluyen los gastos de mantenimiento y de reposición. Para dar cobertura a la Financiación Básica se establecen las siguientes subvenciones:
a.1) Subvención nominativa (Transferencia Corriente) para funcionamiento general, calculada en base a la misma dotación que la establecida en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2011, incluyendo, por tanto, las dotaciones de las adendas: General - para las dos Universidades - y de Medicina, para la UMU y Arquitectura para la UPCT, además de adicionar otras subvenciones que se destinan a la financiación del capítulo I de las dos Universidades Públicas. Se contemplan todos los conceptos establecidos en el anterior acuerdo de Financiación, incluido el complemento autonómico para el profesorado. En este sentido, se determina, incluir en la dotación de las subvenciones nominativas previstas para funcionamiento general los siguientes conceptos:
· Universidad de Murcia: Adaptación LOU, Coordinación Espacio Europeo de Educación Superior y CC Actividad Física y del Deporte. San Javier.
· Universidad Politécnica de Cartagena: Adaptación LOU y Coordinación del Espacio Europeo de Educación Superior.
a.2) Otras subvenciones (transferencias corrientes) destinadas a financiar necesidades concretas de las Universidades: Titulaciones Campus de Lorca y Profesorado Escuela de Enfermería de Cartagena en la UMU y Titulaciones Campus de Lorca e Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, en la UPCT.
b) Financiación Complementaria: tiene la finalidad de establecer un Contrato-Programa con cada Universidad que se basará en el cumplimiento de objetivos de calidad docente e investigadora. Para dar cobertura a la Financiación Complementaria se establecen las siguientes subvenciones:
b.1) Contrato-programa, con una minoración de un 15% con respecto a la dotación establecida para el año 2011.
c) Inversiones. Incluye inversiones en infraestructuras y equipamientos universitarios y proyectos cofinanciados con el FEDER. En el escenario actual se han ajustado a actuaciones genéricas y/o proyectos concretos de inversión.
Para dar cobertura a las Inversiones se establecen las siguientes subvenciones:
c.1) Subvención Nominativa (transferencia de capital) para Inversiones en las Universidades, con Fondos FEDER, en su caso y Fondos Propios de la CARM, cuya distribución estará en función del Plan de inversiones que éstas presenten y sea acordado por las partes.
c.2) Otras subvenciones (transferencias) para financiar los planes de reequilibrio financiero (UMU) y de saneamiento (UPCT), Campus de la Salud (UMU) y equipamiento científico Campus Lorca (UMU) y equipamiento para los estudios de Arquitectura e Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos (UPCT).
Segunda.- Dotaciones económicas
UNIVERSIDAD DE MURCIA
1. Subvención Nominativa para funcionamiento General: 134.985.248 euros.
2. Contrato Programa 2012: 3.371.715 Euros.
3. Otras subvenciones:
a) A la UMU. Titulaciones campus de Lorca: 467.500 euros
b) Escuela adscrita Enfermería de Cartagena. Profesorado: 127.500 euros
Dado el escenario de restricción presupuestaria previsto en el presente acuerdo de Bases y el volumen total de costes a autorizar de Capítulo I para la Universidad de Murcia (141.007.919 Euros) -que incluyen los gastos derivados de las retribuciones a favor del personal vinculado al Servicio Murciano de Salud (2.875.600 Euros)- de forma excepcional se destinan a cubrir los mencionados costes de personal la totalidad de la Subvención nominativa, la totalidad de las subvenciones del apartado 3, y el porcentaje necesario de la financiación complementaria vía Contrato Programa, que se determinará de mutuo acuerdo entre la Comunidad Autónoma y la Universidad de Murcia, teniendo en cuenta que dicha financiación está vinculada al cumplimiento de los objetivos que se establezcan en el referido Contrato-Programa.
4. Subvención Nominativa para Inversiones: 7.959.516 euros 5. Otras Subvenciones para inversiones:
a) Plan de reequilibrio Financiero: 750.000 euros
b) Campus de la Salud: 3. 400.000 euros
c) Equipamiento Científico Campus Lorca: 63.750 euros.
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA
1. Subvención Nominativa para funcionamiento General: 36.213.326 euros.
2. Contrato Programa 2012: 1.835.535 euros.
3. Otras subvenciones:
a) A UPCT. Titulaciones Campus Lorca: 6.000 euros
b) A UPCT. Master en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos: 200.000 euros
Igual que en el caso de la Universidad de Murcia con el escenario de restricción presupuestaria previsto en el presente acuerdo de Bases, el volumen total de costes a autorizar de Capítulo I para la Universidad Politécnica de Cartagena para el año 2012 será de 37.230.074 euros, que incluyen los gastos de la totalidad de la Subvención nominativa, la totalidad de las subvenciones del apartado 3, y el porcentaje necesario de la financiación complementaria vía Contrato Programa, que se determinará de mutuo acuerdo entre la Comunidad Autónoma y la Universidad Politécnica de Cartagena, teniendo en cuenta que dicha financiación está vinculada al cumplimiento de los objetivos que se establezcan en el referido Contrato-Programa.
4. Subvención Nominativa para Inversiones: 4.793.202 euros.
5. Otras Subvenciones para inversiones:
a) Plan de saneamiento UPCT: 1.081.822 euros
b) Equipamientos para los estudios de Arquitectura y de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos: 400.000 euros
Tercera. Obligaciones de las partes
a) Informarse mutuamente de cualquier cuestión relacionada con el proceso de ejecución y pago de las dotaciones previstas en la Base Segunda, apelando ambas al espíritu de colaboración, corresponsabilidad, transparencia y de lealtad institucional, preservando la autonomía de las mismas.
b) Mantener reuniones periódicas para el seguimiento de la ejecución y pago de las dotaciones y proyectos consignados en la Base Segunda de este Acuerdo. Estas reuniones se mantendrán a nivel de Consejero y Rectores, al menos, una vez al semestre y en cuantas ocasiones sean demandadas por alguna de las partes. A nivel técnico entre equipos económicos de la Consejería y de las Universidades, también se celebrarán reuniones periódicas.
La Consejería de Universidades, Empresa e Investigación procederá a:
a) Consultar con las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena cualquier modificación sobre las dotaciones previstas en la Base segunda de este Acuerdo. b) Estudiar una fórmula para compensar a las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, por la minoración total de la dotación del Contrato-programa 2010 y de aquellas partidas no ejecutadas a favor de las Universidades Públicas que figuran en el Presupuesto General de las CARM para 2010 y 2011, que será acordada con ambas Universidades.
Las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena procederán a:
Consultar con la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación y, en su caso, con la Consejería de Economía y Hacienda, cualquier cuestión relacionada con las dotaciones previstas en este Acuerdo, procedimientos para su implementación y pago. Tales cuestiones se dirimirán en la Comisión Técnica de Seguimiento prevista en la base cuarta de este acuerdo. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 d) de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia, del contenido de este Acuerdo deberá ser informada la Comisión Académica del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia
Cuarta. Comisión Técnica de Seguimiento.
Sin menoscabo de las competencias atribuidas al Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia, para el seguimiento del presente Acuerdo, se crea una Comisión Técnica de seguimiento, con las siguientes funciones:
· Propuesta del Plan de inversiones de las Universidades públicas 2012 a financiar con fondos FEDER y Fondos Propios de la Comunidad Autónoma.
· Seguimiento del plan de pagos y de la justificación, en su caso, de los proyectos, tanto de 2012 como de ejercicios anteriores, que quedaran pendientes de ejecución y pago.
· Determinación de medidas de corrección.
· Cuantas otras funciones le sean delegadas por los Consejeros de Universidades, Empresa e Investigación, de Economía y Hacienda y por los Rectores de las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena
Dicha Comisión estará presidida por el Secretario General de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación y formarán parte de la misma el Director General de Universidades y Política Científica, los Vicerrectores de Economía de las Universidades de Murcia y Politécnica de Cartagena, un representante de la Consejería de Economía y Hacienda y cuantos funcionarios y técnicos, por ambas partes, se considere oportuno. Y en conformidad con lo establecido en este Acuerdo, se firma el presente, en cuadriplicado ejemplar en Murcia, 21 de diciembre de 2011.
El Consejero de Universidades, Empresa e Investigación, José Ballesta Germán.-El Consejero de Economía y Hacienda, Salvador Marín Hernández.-El Rector Mfco. de la Universidad de Murcia, José A. Cobacho Gómez.-El Rector Mfco. de la Universidad Politécnica de Cartagena, Félix Faura Mateu.
