Acuerdo de la Comisión Negociadora (Ref: Revisión Salarial) del Convenio Colectivo Kraft Foods España Production, S.L.U., del Centro de Trabajo de Dos Hermanas (Sevilla) (Código: 41002142011988), regularizando las Tablas Salariales para los años 2010, 2011 y 2012

Mis Leyes

Ficha de esta disposición

Título :
Acuerdo de la Comisión Negociadora (Ref: Revisión Salarial) del Convenio Colectivo Kraft Foods España Production, S.L.U., del Centro de Trabajo de Dos Hermanas (Sevilla) (Código: 41002142011988), regularizando las Tablas Salariales para los años 2010, 2011 y 2012
Nº de Disposición :
0
Boletín Oficial :
BOP-SEVILLA 72
Fecha Publicación :
29/03/2011
Órgano Emisor :
CONSEJERIA DE EMPLEO
Visto el acuerdo de la Comisión Negociadora (Ref: Revisión Salarial) del Convenio Colectivo Kraft Foods España Production, S.L.U., del Centro de Trabajo de Dos Hermanas (Sevilla) (Código: 41002142011988), regularizando las Tablas Salariales para los años 2010, 2011 y 2012, en cumplimiento del artículo 17 del Convenio Colectivo.

Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (E.T.), los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.

Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre «registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo», serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Titulo III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores RD 1/95, de 24 de marzo, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros.

Visto lo dispuesto en los arts. 3, 6 y 8 del RD 713/2010, de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, por el que se traspasan Funciones y Servicios a la Junta de Andalucía, Decreto 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010 de 13 de abril, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo.

Esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, acuerda:

Primero.-Registrar y ordenar el acuerdo de la Comisión Negociadora (Ref: Revisión Salarial) del Convenio Colectivo Kraft Foods España Production, S.L.U. del Centro de Trabajo de Dos Hermanas (Sevilla), regularizando las Tablas Salariales para los años 2010, 2011 y 2012, en cumplimiento del artículo 17 del Convenio Colectivo.

Segundo.-Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sevilla a 8 de marzo de 2011.-La Delegada Provincial, Aurora Cosano Prieto.

ACUERDO Y ACTA FINAL

REGULARIZACIÓN TABLAS SALARIALES I.P.C. REAL y 1% PACTADO

KRAFT FOODS ESPAÑA PRODUCTION, S.L.U. - SEVILLA

REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES:

- Juan C. Martín Gutiérrez.

- Miguel A. Romero Cabeza.

- José Carlos Jiménez Jara.

- Ana M.ª García Maqueda.

REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:

- Estrella C. Alcántara Perea.

En Sevilla, siendo las 14.00 horas del día 19 de enero de 2011, se reúnen las personas referenciadas al margen izquierdo, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Kraft Foods España Production, S.L.U., del centro de trabajo de Dos Hermanas (Sevilla).

Se abre la sesión con el único orden del día y ACUERDAN:

Proceder a regularizar las tablas salariales anuales brutas vigentes de los años 2010, 2011 y 2012, en cumplimiento del artículo 17 del Convenio Colectivo, que consiste en aplicar la diferencia entre el IPC real y el 1% pactado para el ejercicio 2010, a los salarios brutos referenciados en el artículo 15.2 del Convenio Colectivo. N.º Expte. Documento Nombre y apellidos Domicilio Localidad

A tales efectos se aplicará una revisión salarial de 2 punto como resultado del exceso de I.P.C. al 31-12-2010, de acuerdo a la constatación definitiva dada por el Instituto Nacional de Estadística, para todos aquellos trabajadores que se rijan por el presente Convenio, excluyendo a los trabajadores que se rigen por un sistema de retribución por méritos.

Se regularizarán también los salarios con un incremento del 2 punto para aquellos trabajadores que exceden de las tablas salariales en Convenio.

Se acompaña a la presente las tablas salariales definitivas para los años 2010, 2011 y 2012, tomando como cálculo para el incremento salarial del 2011 y 2012, la tabla definitiva de 2010 como consecuencia de la aplicación del incremento del I.P.C.

Se faculta y autoriza a doña Estrella C. Alcántara Perea y don Miguel A. Romero Cabeza, miembros de la Comisión Negociadora, con DNI 52.239.079 y 27.294.379 respectivamente, a realizar cuantos actos y gestiones se requieran para proceder al Registro y Depósito del presente acuerdo y acta final, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo -Registros y Depósitos de Convenios Colectivos de trabajo- Orden de 24 de febrero de 1992 y artículo 90.2 y concordantes del Estatuto de los Trabajadores.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 14.30 horas del día anteriormente mencionado. (Siguen firmas.)

TABLA SEVILLA

PERIODO 2010, 2011 Y 2012

Ver Anexo

La retribución real de cada trabajador se calculará según los conceptos que actualmente componen su nómina.