Acuerdo de la Comisión Balear de Medio Ambiente sobre la Evaluación de Impacto ambiental del proyecto plan especial reforma interior área régimen especial 14- 01, Cala Mayor, Palma. (15840/07)

Ficha de esta disposición

Título:
Acuerdo de la Comisión Balear de Medio Ambiente sobre la Evaluación de Impacto ambiental del proyecto plan especial reforma interior área régimen especial 14- 01, Cala Mayor, Palma. (15840/07)
Nº de Disposición:
15840/07
Boletín Oficial:
BOIB 150
Fecha Disposición:
23/10/2008
Fecha Publicación:
23/10/2008
Órgano Emisor:
CONSELLERIA D MEDI AMBIENT
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo III y a la disposición transitoria tercera de la ley 11/2006 de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Islas Baleares, os comunicamos que la Comisión Permanente de 25 de junio de 2008.

Considerando Que la Comisión Permanente de la CBMA de 22 de abril de 2008 acordó no emitir informe sobre el Plan Especial de Reforma Interior Área Régimen Especial 14- 01 Cala Mayor (TM Palma), hasta que el Ayuntamiento de Palma y el Consejo de Mallorca informen sobre las repercusiones de la no aprobación del PERI en relación a la situación actual y sobre la posibilidad de adoptar medidas cautelares para evitar la construcción de nuevas viviendas en la zona boscosa de Can Tàpera.

El contenido de los informes emitidos por el Ayuntamiento de Palma y el Consejo de Mallorca.

La Comisión Permanente ACUERDA La viabilidad de sujetar a Evaluación Ambiental Estratégica el Plan Especial Reforma Interior Área Régimen Especial 14- 01, Cala Mayor (TM Palma), el cual tendrá que seguir la tramitación prevista en los artículos 85 y siguientes de la Ley 11/2006, de Evaluaciones de Impacto Ambiental y Evaluaciones Ambientales Estratégicas, informando al público de la decisión adoptada.

Se recomienda la adopción de las medidas adecuadas previstas en la normativa de ordenamiento Territorial y Urbanística, siempre que sean viables desde el punto de vista jurídico y económico con el fin de evitar la afección ambiental derivada de la materialización de la edificabilidad prevista en el PGOU vigente en la Colina de Can Tàpera.

El Secretario de la CBMA

Josep Antoni Giménez Serra Palma, 29 de agosto de 2008