Considerando Que la Ley de EIA y EAE atribuye al órgano ambiental la facultad de instar la adopción de medidas de disciplina ambiental.
Que la Ley de EIA y EAE regula en el artículo 56 la caducidad o modificación de la declaración de impacto ambiental donde para poder modificar la declaración de impacto se tendrá que tramitar previamente el procedimiento contradictorio oportuno.
El informe emitido por la DG de Caza, Protección de Especies y Educación Ambiental fecha 19 de junio de 2008 y esencialmente por el hecho de que las obras están acabadas.
La Comisión Permanente ACUERDA Instar en la consejería de Comerç, Indústria y Energia que proceda a la adopción de las medidas de disciplina ambiental, entre ellas la apertura del procedimiento sancionador con reposición de la población del Delphinium Pentagynum formenterense, si es posible, y solicitar la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
Iniciar el procedimiento de modificación de la declaración de impacto ambiental en relación a la supresión de la frase del condicionante 11 del acuerdo de la Comisión Permanente de 11 de mayo de 2007 .., y se mantenga el cierre a posteriori dando audiencia a la entidad promotora, en el Ayuntamiento de Formentera, Consejo Insular de Formentera y en la Dirección General de Energía, como órgano sustantivo, para que formulen las observaciones que estimen adecuados.
El Secretario de la CBMA
Josep Antoni Giménez Serra Palma, 29 de agosto de 2008
